Rebajas

El precio debe ser la única diferencia entre los productos rebajados
y los que se ofrecen en otras épocas del año.

  • Hay que recordar que los productos que se venden en época de rebajas -fundamentalmente ropa y complementos- son artículos de los que los comerciantes se quieren deshacer, es decir deben ser los mismos que han estado a la venta en los meses precedentes. Por ello en el etiquetado, tienen que figurar tanto el precio anterior como el rebajado o el porcentaje de rebaja que se ofrezca.

Calidad

  • La modalidad comercial de las rebajas puede coincidir con otras, esencialmente diferentes, como son los saldos -en los que se ofrecen productos que, por antiguos o deteriorados, se venden a menor precio-, o las liquidaciones -en las que se venden todas las existencias a bajo precio por razones excepcionales, como cierre del negocio o cambio de actividad, por ejemplo. En todo caso, cada modalidad de venta debe estar claramente diferenciada para no inducir a engaño al consumidor.
  • Además del precio, en el etiquetado de los productos hay otros datos, no menos importantes para el consumidor, como sus características, composición, descripciones técnicas e instrucciones de uso.

Precauciones

  • Si lo que aparece rebajado son pequeños electrodomésticos, una precaución elemental es verificar que todavía se fabrican. De lo contrario, pueden surgir problemas a la hora de encontrar repuestos.
  • Deben sellar la garantía del artículo comprado, sin demorar este requisito para un momento posterior. Según la Ley de Garantías, el plazo de garantía en el caso de bienes de carácter duradero es de dos años, contados a partir del momento en que el consumidor recibe el producto. Sin embargo, es posible que el propio vendedor o el fabricante alarguen voluntariamente el período cubierto por la garantía para ofrecer un servicio añadido a sus clientes.
  • El etiquetado y las instrucciones de uso deben ser completas y estar redactadas en idioma oficial del Estado español.

Devoluciones

  • En el caso de prendas de vestir, conviene comprobar las tallas, la composición e instrucciones de lavado y planchado, que deben figurar en la etiqueta, así como el colorido, adornos, botones, etc.
  • Una precaución obligada para evitar problemas posteriores es examinar bien el objeto de la compra antes de pagarlo y tener en cuenta que el vendedor está obligado a cambiarlo cuando presente algún defecto.
  • En el caso de un producto en perfectas condiciones el comerciante no está obligado a devolver el dinero, si se cambia de opinión después de salir del establecimiento. Por ello es importante consultar al comerciante si admite devoluciones y, en caso afirmativo, si la compensación se haría con la sustitución por otro producto, con la entrega de un vale de compra o con la devolución del dinero.
  • Naturalmente, en el caso de productos perecederos es indispensable mirar las fechas de caducidad o consumo preferente.

Desacuerdos

  • Los establecimientos adheridos al Sistema Arbitral del Consumo, fáciles de reconocer por el logotipo que exhiben, son los más aconsejables para efectuar las compras. El sometimiento del comerciante a este sistema de arbitraje garantiza al consumidor una solución rápida y gratuita ante cualquier problema o diferencias que pudieran plantearse.
  • Si el establecimiento donde se compra no está adherido a dicho sistema y surge cualquier problema, la reclamación puede presentarse en una asociación de consumidores o en los Servicios de Consumo autonómicos o locales. Con la defensa de sus derechos el consumidor contribuye al buen funcionamiento del mercado.
  • En cualquier caso, es imprescindible guardar los comprobantes de compra, las etiquetas y las garantías porque serán necesarias si hay que reclamar. Conviene recordar que lo que se ofrece en la publicidad es tan exigible como si formase parte de un contrato.

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